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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271122
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Cuarta Parte; Pág. 130
DIVORCIO, SEVICIA, AMENAZAS O INJURIAS COMO CAUSALES DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Cuarta Parte; Pág. 130
Un caso aislado de sevicia, amenazas o injurias graves es suficiente para que prospere la acción de divorcio por la causal de la fracción XI del artículo 279 del Código Civil, cuando revela que la convivencia armónica no se reanudará.
Precedentes
Amparo directo 1215/60. Guadalupe González de Martínez. 17 de febrero de 1961. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.