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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271137
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Cuarta Parte; Pág. 151
SENTENCIAS DE AMPARO, EJECUCION DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Cuarta Parte; Pág. 151
Por ejecución de sentencia de amparo, debe entenderse el cumplimiento fiel, por la autoridad responsable, de lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia en la ejecutoria que concedió la protección de la Justicia Federal.
Precedentes
Queja 49/60. Raquel Herrera de Sandoya. 15 de febrero de 1961. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.