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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271150
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Cuarta Parte; Pág. 25
ARRENDAMIENTOS CONGELADOS. FAMILIARES DEL ARRENDATARIO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Cuarta Parte; Pág. 25
La Suprema Corte de Justicia ha entendido por miembros de la familia del arrendatario al grupo familiar que habita con el en local arrendado desde la celebración del contrato; sin que sea necesario exhibir las actas del estado civil para acreditar el parentesco de las personas que vivan con el inquilino, porque no se ejercita una acción del estado civil, y por ello no es indispensable justificar el parentesco con dichas actas, y debe estimarse que con la prueba testimonial es bastante para comprobar que las personas que viven con el inquilino son sus familiares.
Precedentes
Amparo directo 628/57. María Teresa Prats viuda de Escontría. 30 de enero de 1961. Mayoría de tres votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: Gabriel García Rojas.