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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271175
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLII, Cuarta Parte; Pág. 9
ALIMENTOS A MENORES. INCORPORACION A LA NUEVA FAMILIA DEL DEUDOR.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLII, Cuarta Parte; Pág. 9
La incorporación de la menor al nuevo hogar del deudor alimentario implicaría privar de la patria potestad a la madre, como si el hecho de reclamar alimentos para la menor reconocida significase un acto ilícito o culpable que ameritara la imposición de una sanción de esa naturaleza; además de que sería inconveniente para la misma menor, pues se le privaría de los cuidados y guarda personal de su madre con quien siempre ha vivido, al incorporarla al hogar de la madrastra, exponiéndola a sufrir que ésta, que hizo causa común con el marido para negarle los alimentos, resentida por las molestias del juicio, buscando desquitarse, le diera malos tratos o la discriminara, ya que teniendo sus propios hijos, es natural que no le prestaría las mismas atenciones y cuidados que a ellos, y vendría a quedar en la humillante condición de arrimada en ese hogar.
Precedentes
Amparo directo 668/60. Guillermo Romero Ramírez. 8 de diciembre de 1960. Cinco votos. Ponente: José López Lira.