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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271210
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Cuarta Parte; Pág. 19

ARRENDAMIENTO, TACITA RECONDUCCION DEL.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Cuarta Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 1560/59. María del Refugio Olalde. 14 de noviembre de 1960. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XXVIII, página 100. Amparo directo 846/59. Leopoldo Chávez. 7 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Volumen II, página 38. Amparo directo 618/57. "Alcalis", S. A. 28 de agosto de 1957. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Ponente: José Castro Estrada. Nota: En el Volumen XXVIII, página 100, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. RESCISION Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.". En el Volumen II, página 38, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, TACITA RECONDUCCION.".
Registro digital (IUS): 271210