Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/271212
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271212
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Cuarta Parte; Pág. 22

COMPRAVENTA. ACCIONES DE INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DE REIVINDICACION DE LA COSA, NO CONTRADICTORIAS.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Cuarta Parte; Pág. 22

Precedentes

Amparo directo 2289/58. Ignacio Lomelí Haro. 23 de noviembre de 1960. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Gabriel García Rojas.
Registro digital (IUS): 271212