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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271220
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Cuarta Parte; Pág. 120
LETRAS DE CAMBIO, FECHA DE VENCIMIENTO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Cuarta Parte; Pág. 120
De acuerdo con el artículo 15 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el tenedor de una letra de cambio puede llenar el requisito relativo a la fecha de vencimiento antes de la presentación para su pago, siempre que sobre el particular no hubiese habido convenio entre las partes.
Precedentes
Amparo directo 3029/59. Angel Ochoa Juárez. 14 de noviembre de 1960. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.