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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Cuarta Parte; Pág. 73
ARRENDAMIENTO, AL INQUILINO CORRESPONDE PROBAR QUE ESTA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE LAS RENTAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Cuarta Parte; Pág. 73
Acreditada la resolución contractual existente entre el arrendador y arrendatario por medio del contrato de arrendamiento y establecido, por lo mismo el derecho de aquél para exigir el pago de las pensiones pactadas, si sostienen en su demanda que el inquilino no le ha hecho el pago de determinadas mensualidades, toca a éste último demostrar mediante las pruebas conducentes que sí lo ha efectuado, toda vez que exigir tal prueba al arrendador equivaldría obligarlo a probar su negación, situación contraria no sólo las posibilidades humanas por tratarse de una negativa pura y simple que no es susceptible de pruebas, sino por ser tal cosa contraria a las normas procesales inherentes a la prueba que establecen los artículos 271 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo directo 4144/59. Manuel Pimentel Anguiano. 26 de octubre de 1960. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.