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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Cuarta Parte; Pág. 167
REIVINDICACION, PERSISTENCIA DE LA LEGITIMACION DEL ACTOR EN CASO DE EXPROPIACION DE LA COSA OBJETO DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Cuarta Parte; Pág. 167
Es jurídicamente incorrecta la impugnación relativa a que el actor dejó de tener capacidad procesal para seguir interviniendo en el juicio reivindicatorio, por haber dejado de ser propietario por efecto de la expropiación, en virtud de que la resolución de la controversia sobre la propiedad del inmueble, materia de la reivindicatoria, implica definir el derecho de propiedad sobre la indemnización, que legalmente sustituye aquel bien, y mientras no se resuelva tal situación, el actor sigue teniendo un interés jurídico que lo legítima activamente en la causa con la consiguiente capacidad procesal.
Precedentes
Amparo directo 4557/59. Santiago Jardón Herrera. 6 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.