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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271261
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Cuarta Parte; Pág. 168
RESPONSABILIDAD CIVIL, PRUEBAS DEL PROCESO PENAL EN EL JUICIO SOBRE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Cuarta Parte; Pág. 168
Las circunstancias o apreciaciones que hayan hecho las autoridades penales en el proceso contra el causante de una colisión, sólo atañen al proceso penal y no desvirtúan la existencia de las pruebas en el juicio civil, que se hayan tenido en consideración para estimar, al apreciarlas conforme a las reglas especiales establecidas, la existencia de determinados hechos que causaron los daños que se reclaman y quien es el responsable civilmente para los efectos de la reparación del daño.
Precedentes
Amparo directo 5965/59. Harinera Atotonilco el Alto, S. A. 27 de octubre de 1960. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alberto R. Vela y José Castro Estrada. Ponente: José López Lira.