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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271284
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Cuarta Parte; Pág. 48
LETRAS DE CAMBIO. CONFESION FICTA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Cuarta Parte; Pág. 48
Cuando la letra de cambio no circula, sigue dependiendo de la relación causal que le dio origen, y si en un caso una letra no circuló y se opuso una excepción causal con la que no pretende el demandado destruir el crédito cambiario, sino sólo ponerse a salvo de un doble pago, tal excepción fundada en la confesión ficta del actor es válida.
Precedentes
Amparo directo 5700/59. Luis Woo Sing Chong. 30 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José López Lira.