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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Cuarta Parte; Pág. 283
USUCAPION, EFECTOS DE UN EMBARGO FISCAL Y ENTREGA AL DEPOSITARIO, DE UN INMUEBLE OBJETO DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Cuarta Parte; Pág. 283
Ni el embargo del bien, por la Oficina Federal de Hacienda en cobro de contribuciones de herencias y legados ni el hecho de que hubiera sido designado por algún tiempo depositario el albacea de la sucesión quejosa, pueden bastar para desconocer ni extinguir el derecho judicialmente reconocido del poseedor que ha usucapido, ni implican una desposesión absoluta de la finca.
Precedentes
Amparo directo 5142/59. Manuela Elvia viuda de Valencia, Sucesión. 10 de agosto de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.