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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271377
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Cuarta Parte; Pág. 11
ACCIONES CONTRADICTORIAS DE DOMINIO DE INMUEBLES, DISTINCION ENTRE LAS. CASO EN QUE ES OBLIGATORIO DEMANDAR LA CANCELACION DEL REGISTRO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Cuarta Parte; Pág. 11
Deben distinguirse las acciones contradictorias de dominio de inmuebles en las cuales, para que sea válido el título del demandante, se requiere que el título inscrito del demandado se declare nulo, pues ambos no pueden coexistir válidamente en forma simultánea, y en ese caso se debe demandar juntamente la cancelación de la inscripción, ya que de otro modo el Juez no la puede ordenar y el registrador está impedido de verificar la cancelación, pues sólo puede hacerlo por mandato judicial o por consentimiento de las partes. Las acciones apuntadas se diferencian con claridad de aquellas en las que el título de dominio del inmueble puede ser válido, aun cuando también sea simultáneamente válido el título inscrito del demandado, como en los casos de prescripción adquisitiva, en el que el título del poseedor, que se convierte en propietario por sentencia judicial, se reputa válido, sin necesidad de que el título del propietario vencido sea nulo.
Precedentes
Amparo directo 5488/59. Manuela Soto viuda de Vadillo. 24 de junio de 1960. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.