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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Cuarta Parte; Pág. 73
SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA, INSUBSISTENCIA DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Cuarta Parte; Pág. 73
Es falso que mientras la sentencia de segunda instancia no cause estado la del Juez a quo seguirá teniendo vigor y ejecutividad, al través de la suspensión de sus efectos, porque aquella sentencia constituye a la apelada, y por ende, la del a quo deja de subsistir.
Precedentes
Queja 162/59. Paula Israel viuda de Bejar. 14 de junio de 1960. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.