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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271457
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Cuarta Parte; Pág. 39
ARRENDAMIENTO, TACITA RECONDUCCION DEL.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Cuarta Parte; Pág. 39
La tácita reconducción parte del supuesto de que no haya consentimiento expreso de los contratantes (hay tácito), por lo que si arrendador y arrendatario convinieron en que después del año el contrato seguiría subsistiendo con término voluntario para las partes, no pudo operar la tácita reconducción.
Precedentes
Amparo directo 3650/59. Jesús Márquez González. 18 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.