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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271486
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Cuarta Parte; Pág. 151
SENTENCIAS, EFECTOS PROCESALES DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Cuarta Parte; Pág. 151
La sentencia que acoge la demanda hace actuar la ley como si lo hiciese en el momento mismo de su presentación, pues la necesidad de seguir un juicio no debe perjudicar a quien tiene la razón.
Precedentes
Amparo directo 4399/58. Sara Saldívar. 29 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.