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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271487
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Cuarta Parte; Pág. 153
VENTA Y GARANTIA DE UN PRESTAMO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Cuarta Parte; Pág. 153
Cuando se pacta una venta de garantía de un préstamo, al celebrarse la operación se toma en cuenta la cantidad que importan los intereses; y si el prestatario hubiera pagado al tiempo convenido el valor del préstamo, se le hubieran devuelto sus bienes haciéndole nueva escritura a nombre de la persona que designara. En estas condiciones, no puede decirse que el préstamo pudiera seguir operando indefinidamente con los mismos réditos y con las mismas cláusulas, porque esto está más allá de la voluntad de las partes.
Precedentes
Amparo directo 4399/59. Sara Saldívar. 29 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.