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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271496
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 69
ADULTERIO, PRUEBA DEL, COMO CAUSAL DE DIVORCIO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 69
Para los efectos del divorcio, no es necesaria la comprobación de todos y cada uno de los elementos del adulterio, pues basta que de las constancias de autos se desprendan vehementes presunciones acerca de su certidumbre, para estimar debidamente probada la causal de divorcio de que se trata.
Precedentes
Amparo directo 2181/59. Jesús Alcántara. 3 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.