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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 70
APELACION, FALTA DE SEÑALAMIENTO DE LAS DISPOSICIONES VALORATIVAS DE LA PRUEBA TESTIMONIAL EN LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 70
No era indispensable que el apelante señalara la disposición de la ley que norma la valoración de la prueba testimonial, por el principio de que al juzgador corresponde aplicar el derecho cuando se le da el hecho para el juicio.
Precedentes
Amparo directo 1789/59. Rafael González de Alba. 28 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.