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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271503
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 81
ARRENDAMIENTO POR TIEMPO INDEFINIDO, AVISO DE TERMINACION DEL CONTRATO DE, EN JURISDICCION VOLUNTARIA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 81
Las diligencias de jurisdicción voluntaria promovidas para dar aviso de terminación de contrato de arrendamiento por tiempo indefinido tienen validez por sí mismas y producen, en su caso, el efecto de llenar los extremos del artículo 2409 del Código Civil, o sea, de hacer saber al demandado el cambio de propietario en forma fehaciente, mediante la notificación respectiva, sin que fuera menester necesario que el promovente exhibiera su título de propiedad, porque en la jurisdicción voluntaria no hay contención entre partes.
Precedentes
Amparo directo 3400/58. Rigoberto Hernández Ramos. 10 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.