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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271520
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIV, Cuarta Parte; Pág. 47

DIVORCIO, CAUSALES DE, QUE SE EXCLUYEN.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIV, Cuarta Parte; Pág. 47

Precedentes

Amparo directo 8696/61. Otilio Saucedo Ramos. 17 de junio de 1964. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XXXIII, página 143. Amparo directo 4489/59. Marciano Lucero Gordillo. 3 de marzo de 1960. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Registro digital (IUS): 271520