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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271522
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 144
DIVORCIO, LA CADUCIDAD DE LA ACCION DE, DEBE ESTUDIARSE DE OFICIO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 144
La falta de ejercicio oportuno de la acción de divorcio da lugar a la caducidad mas no a la prescripción y, en tal virtud, constituye un presupuesto procesal de la acción cuya existencia debe verificar el sentenciador aun cuando no se haga valer como excepción.
Precedentes
Amparo directo 7609/57. Alberto Muñozuri y coagraviados. 2 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.