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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271531
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 159

NULIDAD CONSECUENCIAL DE ACTUACIONES (LEGISLACION DEL ESTADO DE DURANGO).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Cuarta Parte; Pág. 159

Precedentes

Amparo directo 4131/52. Jesús María Elizondo. 14 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 191, página 575, bajo el rubro "NULIDAD. ACTUACIONES (LEGISLACION DEL ESTADO DE DURANGO).".
Registro digital (IUS): 271531