Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/271562
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271562
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Cuarta Parte; Pág. 142
COSTAS, FORZOSA CONDENA EN (LEGISLACION DEL ESTADO DE COAHUILA).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Cuarta Parte; Pág. 142
El artículo 140, fracción IV, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Coahuila, dispone que siempre será condenado en costas el que fuere condenado por dos sentencias conformes de toda conformidad en su parte resolutiva, sin tomar en cuenta la declaración sobre costas, así como que tal condenación comprenderá la de ambas instancias.
Precedentes
Amparo directo 2415/59. Sucesión de Ramona Pimentel viuda de González. 8 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.