Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/271593
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271593
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Cuarta Parte; Pág. 258

SENTENCIAS DE REENVIO, VINCULACION DE LAS. AMPARO Y QUEJA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Cuarta Parte; Pág. 258

Precedentes

Queja 127/59. Banco de Jalisco, S. A. 2 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XXI, página 151. Queja 204/58. Banco de Guadalajara, S. A. 18 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: José López Lira. Nota: En el Volumen XXI, página 151, esta tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIAS DE REENVIO. VINCULACION DE LAS.".
Registro digital (IUS): 271593