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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Cuarta Parte; Pág. 261
TERRENOS BALDIOS NACIONALES, EXCEDENCIAS Y DEMASIAS, ADJUDICACION DE LOS (LEY SOBRE OCUPACION Y ENAJENACION DE TERRENOS BALDIOS DE 1894).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Cuarta Parte; Pág. 261
La adjudicación de terrenos baldíos nacionales, excedencias y demasías hecha con sujeción a los tramites y formalidades establecidas en la ley relativa (la citada en el rubro) confiere al adquirente la propiedad del terreno contra la nación y contra los particulares que se conformen con ella, o que su oposición fuese vencida judicialmente.
Precedentes
Amparo directo 4020/58. Carlos Albelais Jr. y coagraviado. 26 de febrero de 1960. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Ponente: José López Lira.