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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271621
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Cuarta Parte; Pág. 70

NOMBRE, MODIFICACION DEL.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Cuarta Parte; Pág. 70

Precedentes

Amparo directo 2178/59. Bertha Amarillas de Orozco. 6 de enero de 1960.Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XIII, página 258. Amparo directo 4667/57. María Consuelo Quiroz Pascal. 16 de julio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Volumen X, página 183. Amparo directo 4669/57. Aurora Quiroz y Pascal. 9 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra. Nota: En el Volumen XIII, página 258 y Volumen X, página 183, esta tesis aparece bajo el rubro "NOMBRE, VARIACION DEL.".
Registro digital (IUS): 271621