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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271626
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Cuarta Parte; Pág. 100
REVISION Y APELACION. AGRAVIOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Cuarta Parte; Pág. 100
La tesis de jurisprudencia que aparece con el número 62 en el Apéndice de Jurisprudencia publicado en 1955, que se refiere a la forma en que deben expresarse los agravios, es aplicable a la revisión en los juicios de amparo, pero no a los agravios en la apelación.
Precedentes
Amparo directo 7676/58. Sucesión de José J. Rojo. 8 de enero de 1960. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 68, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION Y APELACION. AGRAVIOS.".