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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271664
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Cuarta Parte; Pág. 44
ARRENDAMIENTO. SUBROGACION DEL ARRENDADOR.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Cuarta Parte; Pág. 44
La subrogación del arrendador actual en las obligaciones del arrendador inicial, operada con motivo de la transmisión de la propiedad, sólo se contrae, por disponerlo así expresamente la ley, a las obligaciones relativas al contrato de arrendamiento, y no a ningún otro acto jurídico diverso.
Precedentes
Amparo directo 4876/58. Federico Hernández Maciel. 23 de noviembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.