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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271712
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Cuarta Parte; Pág. 102
CAPITULACIONES MATRIMONIALES. ACCION PARA LLEVARLAS A ESCRITURA PUBLICA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Cuarta Parte; Pág. 102
Debe estimarse justificada la acción para que se eleven a escritura pública las capitulaciones matrimoniales otorgadas en convenio privado, porque corresponde a un motivo de seguridad jurídica y está fundada en un derecho potestativo de la actora al que no se puede oponer el otro cónyuge, puesto que con ella solamente se da mayor solemnidad y firmeza a lo que ya existe con plena validez como es el convenio privado de referencia.
Precedentes
Amparo directo 7145/58. Enrique Landgrave Sánchez. 23 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Rivera Silva. Ponente. Gabriel García Rojas.