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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271726
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Cuarta Parte; Pág. 180
DOCUMENTOS FIRMADOS EN BLANCO. PRUEBA DE SU EXISTENCIA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Cuarta Parte; Pág. 180
Si el vendedor de un inmueble asentó que el recibo del precio del mismo no es tal, sino que el papel fue dado al comprador con las firmas en blanco de aquél y de su esposa, para que se hiciera constar en tal documento el consentimiento de la esposa para vender, la prueba testimonial al respecto queda desvirtuada si el vendedor, al absolver posiciones da otra razón por la cual dice que dio el documento en blanco, ya que esto pone de manifiesto que la idea sobre que la hoja se firmó en blanco para aceptar el consentimiento de la esposa, sólo fue una invención de quienes dirigieron el asunto y que el vendedor ni siquiera lo tuvo en la memoria cuando absolvió posiciones sin auxilio de sus abogados. Máxime, si de la prueba pericial aparece que la firma y el contenido del documento son coetáneos con la fecha del otorgamiento de la escritura y no la del día en que se firmó, lo cual demuestra que dicha carta se extendió como un acto complementario de la operación y no como un medio artificioso de prueba, pues en este último caso el comprador hubiera puesto como fecha la que consideró como la de entrega del precio.
Precedentes
Amparo directo 2244/58. José Nicolini Mena y coagraviado. 23 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.