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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Cuarta Parte; Pág. 276
SEGURO, INAPLICABILIDAD SUPLETORIA DEL CODIGO CIVIL EN MATERIAS PREVISTAS EXPRESAMENTE EN LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Cuarta Parte; Pág. 276
Las consecuencias de la infracción de la Ley del Contrato de Seguro, por el asegurado, culpablemente, sin que se surtan las excepciones que tiene prevista la propia ley, son las que señala ésta, única de exacta aplicación, en su artículo 51 y no las de la nulidad que reglamenta el Código Civil, inaplicable, por no ser supletorio, en materias expresamente previstas en la mencionada ley de la materia.
Precedentes
Amparo directo 5121/58. La Interamericana, S. A. 16 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.