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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271794
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Cuarta Parte; Pág. 114
SOCIEDAD LEGAL, NECESARIA DISOLUCION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Cuarta Parte; Pág. 114
No es posible que disuelto el vínculo matrimonial continúe la sociedad legal, por lo que hay violación de garantías cuando se decreta el divorcio y nada se resuelve respecto de la disolución de la sociedad legal, en su caso.
Precedentes
Amparo directo 1439/59. Gulvia Ayala de Ortiz. 11 de septiembre de 1959. Mayoría de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.