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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271812
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Cuarta Parte; Pág. 52

ARRENDAMIENTOS CONGELADOS. RESCISION POR FALTA DE PAGO DE RENTAS.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Cuarta Parte; Pág. 52

Precedentes

Amparo directo 3398/57. Ignacio Fuentes Rodríguez. 6 de agosto de 1959. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XIII, página 90. Amparo directo 4750/57. Jeannette Buere Buere. 3 de julio de 1958. Cinco votos. Relator: Mariano Ramírez Vázquez. Volumen VI, página 23. Amparo directo 7045/56. Julio Paz García. 5 de diciembre de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen V, página 20. Amparo directo 4963/56. Guadalupe Garduño viuda de Castorena 13 de noviembre de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Volumen II, página 32. Amparo directo 115/56. Guillermo E. Serrano. 28 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Nota: En el Volumen XIII, página 90, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, RESCISION DEL.". En el Volumen VI, página 23 y Volumen V, página 20, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. RESCISION POR FALTA DE PAGO PUNTUAL (DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948).". En el Volumen II, página 32, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. RESCISION DE CONTRATOS PROTEGIDOS POR EL DECRETO DE 1948, POR FALTA DE PAGO DE MAS DE TRES MENSUALIDADES.".
Registro digital (IUS): 271812