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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Cuarta Parte; Pág. 118
DIVORCIO, INJURIAS GRAVES COMO CAUSAL DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Cuarta Parte; Pág. 118
En los casos de divorcio en que se invoca como causal la de injurias graves, éstas deben expresarse en la demanda, tanto para que el demandado esté en aptitud de prepara su defensa, cuanto para que el juzgador aprecie si son graves, sin que baste que posteriormente, al rendirse las pruebas, se conozcan las expresiones injuriosas.
Precedentes
Amparo directo 3359/58. Gonzalo Sánchez Alvarez. 2 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.