Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/271871
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271871
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Cuarta Parte; Pág. 129
DIVORCIO, INJURIAS GRAVES COMO CAUSAL DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Cuarta Parte; Pág. 129
Para que proceda la causal del divorcio por injurias graves es indispensable que se fijen en la demanda los hechos en que consisten éstas y el lugar y el tiempo en que acontecieron, para que el demandado pueda defenderse y el juzgador pueda hacer la calificación correspondiente.
Precedentes
Amparo directo 5556/58. Luis Aguilar Romo. 23 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XIX, página 97. Amparo directo 6238/57. David López Alonso. 30 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Volumen XV, página 132. Amparo directo 1648/58. Fidelmar Vaca Rodríguez. 10 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Nota:
En el Volumen XIX, página 97, esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO. CALUMNIA COMO CAUSAL DE.".
En el Volumen XV, página 132, esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, INJURIAS COMO CAUSAL DE.".