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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271918
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Cuarta Parte; Pág. 29

APELACION, EFECTO DE LA FALTA DE REENVIO EN LA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Cuarta Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo directo 4956/58. José Ferrera García. 3 de junio de 1959. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen IX, página 65. Amparo directo 2862/56. Playa Hermosa de Acapulco, S. A. 14 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Volumen VII, página 15. Amparo directo 544/57. Juan Luis Pelcastre. 16 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Nota: En el Volumen IX, página 65 y Volumen VII, página 15, esta tesis aparece bajo el rubro "APELACION, FACULTADES DEL TRIBUNAL DE.".
Registro digital (IUS): 271918