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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271921
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Cuarta Parte; Pág. 42
ARRENDAMIENTO. CAMBIO DE DESTINO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Cuarta Parte; Pág. 42
El hecho de que el arrendatario, para vigilar sus negocios, habite la pieza alta que existe en el mismo local, no viene a determinar un cambio sustancial en el destino para el que se rentó, por lo que en estas condiciones la acción de rescisión del contrato, por la aludida causal, no puede prosperar.
Precedentes
Amparo directo 1532/58. Ana María Rodríguez de Peñaflores. 17 de junio de 1959. Cinco votos. Ponente: José López Lira.