Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/271962
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271962
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Cuarta Parte; Pág. 226

SOBRESEIMIENTO POR CADUCIDAD.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Cuarta Parte; Pág. 226

Precedentes

Amparo directo 4378/57. Feliciano Vázquez Vargas. 2 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Amparo directo 3528/57. Angelina Mejía. 2 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Registro digital (IUS): 271962