Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/271965
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271965
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Cuarta Parte; Pág. 241

SUSPENSION, NO ES EXIGIBLE LA OBLIGACION ESTABLECIDA EN LA SENTENCIA, MIENTRAS SE MANTIENE VIVO EL AUTO QUE CONCEDIO LA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Cuarta Parte; Pág. 241

Precedentes

Queja 40/59. Luis Moisés Coronel. 23 de junio de 1959. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 851, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION, NO ES EXIGIBLE LA OBLIGACION ESTABLECIDA EN LA SENTENCIA, MIENTRAS SE MANTIENE VIVO EL AUTO QUE CONCEDIO LA.".
Registro digital (IUS): 271965