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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271985
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Cuarta Parte; Pág. 15
ARRENDAMIENTO. ALCANCE DE LA NULIDAD ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 9o. DEL DECRETO DE EMERGENCIA DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Cuarta Parte; Pág. 15
No pudiendo ser otro el espíritu del artículo 9o. del Decreto de Emergencia en materia Inquilinaria de 24 de diciembre de 1948, sino el de evitar que se desvirtúen las dos finalidades perseguidas por el propio decreto a favor de la clase arrendataria, o sean la de la prórroga forzosa y la de la congelación de rentas, necesariamente tiene que concluirse que cualquier pacto o convenio (y el contrato es una especie de este género, conforme a los artículos 1792 y 1793 del Código Civil), que las partes celebren con posterioridad a la iniciación de la vigencia del decreto, para substituir al que estuviere en vigor cuando tal decreto fue expedido, es nulo de pleno derecho por tratar de desvirtuar cualquiera de sus dos finalidades: o la prórroga forzosa o la congelación de rentas.
Precedentes
Amparo directo 2246/58. Guillermo Freyria. 17 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XXI, página 35. Amparo directo 2949/57. Blanca F. de Fernández. 5 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen III, página 18. Amparo directo 3556/56. Ofelia M. viuda de Guajardo. 30 de septiembre de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Volumen II, página 18. Amparo directo 6884/56. Arturo Rosas. 15 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: En el Volumen XXI, página 35, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, NULIDAD DE PLENO DERECHO DE LOS CONVENIOS QUE SE MODIFICAN EN EL CONTRATO DE, CONTRAVINIENDO EL DECRETO DE CONGELACION DE RENTAS DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948.".