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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271997
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Cuarta Parte; Pág. 54
ARRENDAMIENTO, NULIDAD DE LOS CONTRATOS DE, CELEBRADOS EN CONTRAVENCION DE LO DISPUESTO POR EL DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Cuarta Parte; Pág. 54
Ni aun aceptando que los últimos contratos de arrendamiento se hubieran celebrado en forma espontánea, cosa del todo dudosa si se toma en cuenta la interposición del juicio de donde emana al acto reclamado, y la circunstancia de que el arrendatario haya continuado en el uso y goce del local materia del arrendamiento, podría tal circunstancia convalidar su nulidad absoluta proveniente de la abierta contradicción que implica la celebración de los contratos posteriores a la vigencia del Decreto de 24 de diciembre de 1948 y sus disposiciones de orden público.
Precedentes
Amparo directo 2246/58. Guillermo Freyria. 17 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen II, página 18, tesis de rubro "ARRENDAMIENTO. NULIDAD ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 9 DEL DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948.".
Volumen III, página 18, tesis de rubro "ARRENDAMIENTO. NULIDAD ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 9 DEL DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948.".
Volumen XXI, página 35, tesis de rubro "ARRENDAMIENTO, NULIDAD DE PLENO DERECHO DE LOS CONVENIOS QUE MODIFICAN EL CONTRATO DE, CONTRAVINIENDO EL DECRETO DE CONGELACION DE RENTAS DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948.".