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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272011
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Cuarta Parte; Pág. 182
COOPERATIVAS. LA COOPERACION O RENDIMIENTO PERSONAL DEL SOCIO COMO BASE DE LA PERCEPCION DE UTILIDADES.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Cuarta Parte; Pág. 182
Como en las sociedades cooperativas de producción, por su misma naturaleza, sus socios solo pueden participar de las utilidades en tanto que están contribuyendo con su trabajo a los fines de la propia cooperativa, resulta claro que si falta esta base de la cooperación o rendimiento personal del socio durante el tiempo en que estuvo suspendido, lógicamente debe faltar también la obtención, por parte del suspendido, de las utilidades, aumentos, bonificaciones y demás prestaciones que al respecto reclama.
Precedentes
Amparo directo 4282/54. Francisco Torres Ortega. 24 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.