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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272030
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Cuarta Parte; Pág. 328
NULIDAD, PROCEDENCIA DE LA EXCEPCION DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Cuarta Parte; Pág. 328
Aun cuando no se invoque la excepción de nulidad por su denominación, debe entenderse que se opuso, si se determinó con precisión la causa y se apoyó en las disposiciones legales relativas.
Precedentes
Amparo directo 2609/58. Espiridiona Dávila Barrientos. 1 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.