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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
272043
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Cuarta Parte; Pág. 358

SENTENCIAS DE SOBRESEIMIENTO. NO SON DECLARATIVAS.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Cuarta Parte; Pág. 358

Precedentes

Amparo en revisión 1679/58. Adela Rodríguez de Arenas. 2 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 774, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIAS DE SOBRESEIMIENTO. NO SON DECLARATIVAS.".
Registro digital (IUS): 272043