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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272116
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 120
DIVORCIO. CAUSAL DE INJURIAS CONSTITUIDA POR LA EXPULSION DEL HOGAR DE UN CONYUGE POR EL OTRO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 120
La injuria no es sólo la expresión de desprecio o invectiva, sino también conducta o hecho que ultraje a uno de los cónyuges, por lo que en determinadas circunstancias puede constituirse por la expulsión del hogar matrimonial de un cónyuge por el otro; si bien su apreciación queda al prudente arbitrio del juzgador, según las circunstancias del caso particular, y no dependen el juicio de los interesados, pues ello serían contrarios a los principios de la técnica jurídica.
Precedentes
Amparo directo 6655/57. Guillermo Ortega Becerra. 16 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.