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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272142
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 194
PRUEBA DOCUMENTAL. AMPARO EN CASO DE VIOLACION PROCESAL. COMPETENCIA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 194
Si la violación cometida durante la secuela del procedimiento se hace consistir en que a la demandada se le recibió una prueba documental en forma contraria a la ley, que de existir, afecta las defensas del quejosos, porque la responsable se fundó en tal prueba, para confirmar la sentencia apelada, corresponde conocer de ella a un Tribunal Colegiado de Circuito.
Precedentes
Amparo directo 257/58. Eulalio Torres. 11 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.