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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272145
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 196
REIVINDICACION, LA ACCION DE, NO SUPONE RECONOCIMIENTO DE LA POSESION ORIGINARIA EN EL DEMANDADO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 196
No es verdad que sólo pueda poseerse en forma originaria, puesto que es posible la detentación ilegítima de un predio. Así, no es forzoso concluir que si se demanda la reivindicación, se admita que la posesión del reo sea a título de dueño.
Precedentes
Amparo directo 7906/57. Graciana Bobadilla viuda de Fernández. 13 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.