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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272154
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 209
SUSPENSION. SUBSISTENCIA DE LAS DETERMINACIONES DICTADAS SOBRE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 209
Las determinaciones sobre suspensión en los juicios de amparo subsisten mientras se falla el juicio principal, y al ser desechada la demanda, la ejecución de la sentencia condenatoria de alzada, ya no derivaría de la imposibilidad de otorgar la fianza, sino de haber quedado resuelto en forma adversa el único medio de defensa extraordinaria que existió.
Precedentes
Queja 191/58. Micaela Díaz. 24 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José López Lira.