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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272156
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 210
TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO, EFECTOS DE LA PRECLUSION DEL AUTO QUE DIO ENTRADA A LA DEMANDA DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 210
La admisión de la demanda de tercería excluyente de dominio, y la preclusión de auto que le dio entrada, no pudieron ser circunstancias que jurídicamente impidieran al fallar el juicio, tener por improcedente dicha tercería, esencialmente por haber resultado intentada, para excluir en el juicio principal, no un derecho de propiedad, sino el de posesión, aducido por el actor frente a uno de dominio, alegado por el tercerista, lo cual evidentemente no significa revocación del auto admisorio de la tercería, ni el procedimiento erróneamente seguido por el ahora quejoso podía determinar la procedencia de la tercería, en aras de una seguridad jurídica y economía procesal que no tiene sentido invocar.
Precedentes
Amparo directo 1178/58. Francisco de la Torre. 26 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, la tesis aparece bajo el rubro "TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO, EFECTOS DE LA PRECLUSION DEL AUTO QUE DIO ENTRADA A LA DEMANDA DE.".